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“La justicia solo es verdadera cuando protege los derechos de todos y limita cualquier poder que pueda vulnerarlos.”

(Luigi Ferrajoli - Jurista Italiano)

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Especialización en Derecho Penal

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ACOSO, ABUSO SEXUAL Y VIOLENCIA DE GÉNERO

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DELITO LAVADO DE ACTIVOS

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DELITO DE TRÁNSITO

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DELITOS CONTRA LA CONFIANZA Y BUENA FE EN LOS NEGOCIOS

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DELITO DE OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR

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DELITOS DE HOMICIDIO

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DELITOS CONTRA EL HONOR

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DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO

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Colaboración moderna en la oficina

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Especialización en Derecho Civil

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Derecho de Familia

  • Regula las relaciones familiares desde normas de orden público orientadas a proteger a la persona y la institución familiar.

  • Comprende el matrimonio, sus requisitos, efectos personales y patrimoniales, así como su disolución.

  • Establece los regímenes patrimoniales: sociedad de gananciales y separación de patrimonios.

  • Regula la filiación, la patria potestad, la adopción y los deberes entre padres e hijos.

  • Incluye normas sobre alimentos, tutela, curatela y protección de personas en situación de vulnerabilidad.

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Derecho Registral Inmobiliario

  • Regula la inscripción de actos y derechos sobre bienes inmuebles para otorgarles publicidad y seguridad jurídica.

  • Se basa en principios como legalidad, prioridad, tracto sucesivo, especialidad y fe pública registral.

  • Permite inscribir propiedad, posesión, cargas, gravámenes, servidumbres y actos de disposición.

  • Garantiza que los derechos inscritos prevalezcan frente a terceros y generen oponibilidad.

  • Articula el Código Civil con el Registro de Predios de SUNARP para asegurar certeza en el tráfico inmobiliario.

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Derecho Administrativo

  • Regula la organización, funcionamiento y potestades de la Administración Pública en sus relaciones con los ciudadanos.

  • Establece principios como legalidad, debido procedimiento, razonabilidad, transparencia y servicio al ciudadano.

  • Define los procedimientos administrativos, sus plazos, requisitos, actos administrativos y mecanismos de impugnación.

  • Regula la responsabilidad del Estado y de los funcionarios por actuación irregular o deficiente.

  • Se articula con la LPAG, leyes sectoriales y el Código Civil para garantizar un ejercicio legítimo y controlado del poder público.

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Derecho Contractual

  • Regula las relaciones de trabajo entre empleadores y trabajadores en los sectores público y privado.

  • En el ámbito privado se rige por la LPCL, la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y normas complementarias.

  • En el sector público se sustenta en la Ley del Servicio Civil, el régimen CAS y normas especiales de empleo estatal.

  • Establece derechos y obligaciones laborales: remuneración, jornada, seguridad, estabilidad, negociación colectiva y protección contra el despido.

  • Se articula con el Código Civil, la Constitución y leyes conexas para garantizar condiciones dignas y justas de trabajo.

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Derecho de Sucesiones

  • Regula la transmisión del patrimonio de una persona fallecida a sus herederos y legatarios.

  • Establece el orden de sucesión: forzosa, intestada y testamentaria.

  • Protege la legítima de los herederos forzosos y limita la libertad de testar.

  • Define las reglas para aceptar, repudiar y administrar la herencia.

  • Regula la partición, colación, mejoras y acciones para la defensa de derechos sucesorios.

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Derecho Real Inmobiliario

  • Regula los derechos que otorgan poder directo e inmediato sobre bienes inmuebles.

  • Comprende la propiedad, posesión, usufructo, uso, habitación, servidumbres y superficie.

  • Establece las reglas para adquirir, conservar, defender y perder derechos reales.

  • Define la publicidad registral como garantía de seguridad jurídica en inmuebles.

  • Regula la copropiedad, los límites entre predios y las acciones para proteger la propiedad.

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Derecho de Obligaciones

  • Regula los vínculos jurídicos que obligan a una persona a dar, hacer o no hacer algo en favor de otra.

  • Establece las fuentes de las obligaciones: ley, contratos, cuasicontratos, actos ilícitos y enriquecimiento indebido.

  • Define los efectos del incumplimiento, incluyendo responsabilidad civil y reparación del daño.

  • Regula las modalidades, transmisión, extinción y garantías de las obligaciones.

  • Ordena los principios de buena fe, diligencia y equilibrio en las relaciones obligacionales.

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Derecho Empresarial para PYMES

  • El Derecho Empresarial para PYMES regula la constitución, organización, funcionamiento y extinción de empresas, asegurando su formalidad ante SUNARP y su cumplimiento tributario ante SUNAT.

  • Define las formas societarias (EIRL, SAC, SRL, SA), sus órganos, responsabilidades y reglas de gobierno corporativo.

  • Establece los derechos y obligaciones de socios, accionistas, administradores y representantes legales, así como los mecanismos para la toma válida de decisiones.

  • Regula los contratos empresariales, títulos valores, acuerdos de socios y relaciones comerciales esenciales para la operación de una PYME.

  • También articula procesos de insolvencia, reestructuración y responsabilidad civil empresarial.

  • Su marco normativo se sustenta en el Código Civil, la Ley General de Sociedades, la normativa registral de SUNARP y las obligaciones tributarias de SUNAT, garantizando que las empresas operen con seguridad jurídica y sin caer en la informalidad.

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Derecho Médico

  • Regula la relación médico–paciente, basada en la dignidad humana, autonomía y consentimiento informado.

  • Establece deberes profesionales: diligencia, confidencialidad, historia clínica y calidad de atención.

  • Define la responsabilidad civil, administrativa y penal por actos médicos, según el Código Civil y normas sanitarias.

  • Reconoce derechos del paciente: información, decisión libre, privacidad y acceso a servicios de salud.

  • Articula el ejercicio médico con la Ley General de Salud, el Código de Ética Médica y la supervisión del ente rector (MINSA).

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Derecho Laboral

  • Regula las relaciones de trabajo entre empleadores y trabajadores en los sectores público y privado.

  • En el ámbito privado se rige por la LPCL, la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y normas complementarias.

  • En el sector público se sustenta en la Ley del Servicio Civil, el régimen CAS y normas especiales de empleo estatal.

  • Establece derechos y obligaciones laborales: remuneración, jornada, seguridad, estabilidad, negociación colectiva y protección contra el despido.

  • Se articula con el Código Civil, la Constitución y leyes conexas para garantizar condiciones dignas y justas de trabajo.

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Derecho Marcario

  • Regula la protección de signos distintivos como marcas, lemas, nombres comerciales y eslóganes.

  • Establece los requisitos de registrabilidad, prohibiciones y el procedimiento de inscripción ante INDECOPI.

  • Reconoce derechos exclusivos de uso, defensa y explotación económica del titular de la marca.

  • Regula oposiciones, nulidades, cancelaciones y acciones por infracción marcaria.

  • Se sustenta en el Código Civil, la Decisión 486 de la CAN y la normativa de INDECOPI sobre propiedad industrial.

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Derecho de las Personas
Asociaciones, Fundaciones, Comités y
Junta de Propietarios

​Marco legal esencial sobre Asociaciones, Fundaciones, Comités y Juntas de Propietarios en el Perú

  • Reconocimiento como personas jurídicas privadas
    El Código Civil regula a las asociaciones, fundaciones, comités y juntas de propietarios como personas jurídicas de derecho privado, otorgándoles capacidad para actuar, contratar, administrar bienes y ejercer derechos ante terceros.

  • Constitución, estatutos y registro obligatorio
    Todas estas entidades deben constituirse mediante acto jurídico, contar con estatutos u otros instrumentos de organización interna, y registrarse en SUNARP para adquirir personalidad jurídica y plena oponibilidad frente a terceros.
    En el caso de la Junta de Propietarios, su inscripción es obligatoria para la validez de acuerdos y la designación del presidente y administrador.

  • Finalidad y estructura según el tipo de entidad

  • Asociaciones: unión voluntaria de personas para fines no lucrativos.

  • Fundaciones: afectación de bienes a un fin de interés social.

  • Comités: organización para actividades específicas de interés común.

  • Juntas de Propietarios: órgano de gestión y representación del régimen de propiedad exclusiva y común (propiedad horizontal), encargado de la administración, conservación y regulación interna del edificio o condominio.

  • Gobernanza, supervisión y límites por el orden público
    Estas entidades deben respetar el orden público, la normativa sectorial y los principios de transparencia y buena administración.
    En las juntas de propietarios, los acuerdos deben adoptarse conforme a quórums y mayorías establecidos por el Código Civil y el Reglamento Interno, siendo impugnables cuando vulneran la ley o los derechos de los propietarios.

  • Normas conexas aplicables al sector público y privado
    Además del Código Civil, se aplican:

  • Reglamentos de SUNARP para inscripción, publicidad y actualización de órganos de gobierno.

  • Normas sectoriales según la actividad (educación, salud, asistencia social, vivienda, etc.).

  • Ley del Procedimiento Administrativo General para trámites ante entidades públicas.

  • Regímenes tributarios de SUNAT para entidades sin fines de lucro y juntas de propietarios.

  • Normativa municipal y de defensa civil para edificaciones, seguridad y funcionamiento de inmuebles bajo Junta de Propietarios.

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